¿De dónde venimos?

Neoliberales transnochados

El 27 y 28F de 1989, se inicia la insurgencia contra los neoliberales y el "pacto populista de conciliación de élites" (Juan Carlos Rey).

El quiebre del 4F del 92 rompe definitivamente el estado de cosas en Venezuela:

No existe "Fin de la Historia", otro mundo es posible; donde el Estado (instrumento de transformación social), libere al ser humano de la miseria y logre equidad material y armonía social.

*¿Qué requeríamos?*

Un Estado diseñado para evitar los perjuicios derivados de una desigualdad en las relaciones, entre quienes poseen una situación ventajosa y dominante, sobre otros miembros de la sociedad o grupos que se encuentran en situación de debilidad jurídica o económica.

Estado de justicia social que está obligado a romper el ciclo de la pobreza y no está limitado sólo a garantizar los derechos sociales, sino también los económicos, culturales, ambientales e intangibles.

Un Estado que busca reducir las diferencias entre clases sociales mediante una mejor distribución de lo producido, manejo racional de los recursos naturales e intervenir en la prestación de servicios a la colectividad, reservándose rubros estratégicos, manteniendo sus facultades de vigilancia, inspección, fiscalización y control, evitando el monopolio y abuso de la posición de dominio, en beneficio de los excluidos históricamente.

*¿Cómo lograrlo?*

Estableciendo un legado constitucional fundamentado en una constituyente originaria:

"Acto teleológico jurídico, como un acontecimiento voluntario y como fuerza que se opone al anticristo (capitalismo)" (A. Negri)

*¿Qué logramos?*

El proceso constituyente que representó una oportunidad para recomponer la política, un nuevo pacto político social constitucional necesario para asegurar la gobernabilidad democrática hacia el futuro.

Un cisma histórico de origen democrático en medio de condiciones insoportables de vida para el pueblo.

En la Venezuela de 1999 fue el rol político desempeñado por la entonces la Corte Suprema de Justicia, quien actuara e impidiera una revolución violenta que hubiese significado cerrar las puertas de la causa histórica de transformación a los pueblos, cuando dirimió el conflicto entre soberanía popular y supremacía constitucional, abriendo un cauce. Un dispositivo no previsto en la Constitución de 1961, suscribiendo con su actuación la manifestación de la voluntad popular que se expresaba en las calles.

*El –referéndum consultivo– remediaría el impasse.*

*Chávez formula su propuesta de un nuevo Estado*

Un Estado Democrático y Social, de Derecho y de Justicia, en contra de las tesis de Hobbes, quedando establecido en su discurso ante la Asamblea Nacional Constituyente el 5 de agosto de 1999.

Definiendo el modelo de Estado ideal como _"un Estado que no se quede en un fin en sí mismo, que deje de ser una maquinaria burocrática, demoledora, negadora de los derechos humanos fundamentales, todo lo contrario, cada hombre, cada institución, cada pequeño engranaje de esa maquinaria, debe palpitar solo y sólo en función de la justicia para un pueblo, de la igualdad, del trabajo, de la vivienda, de la educación, de la salud, de la libertad, de las ciencias y de las artes, para eso tiene que ser el Estado sino mejor sería no tener Estado"_

Y concluyó...

_"Sí, hace falta el Estado. Nos alejamos de los neoliberales que pretenden minimizar al Estado y he allí otro concepto fundamental de ideología bolivariana en contra del dogma neoliberal: Queremos y necesitamos un Estado suficientemente fuerte, suficientemente capaz, suficientemente moral, suficientemente virtuoso para impulsar la República, para impulsar al pueblo y para impulsar a la Nación, asegurando la igualdad, la justicia y el desarrollo del pueblo. Ese Estado bolivariano lo recojo aquí, en estas ideas fundamentales para lo que pudiera ser la Constitución Bolivariana de la V República. (Chávez, 1999)_

Una República refundada que resultó prevista por decisión colectiva no sólo del cuerpo colegiado representado en la Asamblea Constituyente del 99, sino por decisión popular expresada en referéndum aprobatorio ese mismo año.

Nuestra arquitectónica constitucional significa una anomalía respecto del sistema neoliberal impuesto al mundo, al superar la propuesta de Estado de Bienestar y diseñar un Estado Democrático, Social de Derecho y de Justicia configurado para fomentar la consolidación de la solidaridad social, la paz, el bien común, la convivencia, el aseguramiento de la igualdad, sin discriminación ni subordinación y anteponer el bien común (interés general) al particular, reconociendo que ese bien común se logra manteniendo la solidaridad social, la paz y la convivencia.

Este Estado Social, de derecho y de Justicia tiene como tarea armonizar intereses antagónicos de la sociedad sin permitir actuaciones ilimitadas contra las fuerzas sociales basadas en el silencio de la ley o en sus ambigüedades y vacíos, pues esto conduciría a que los más fuertes, económica y socialmente hablando, establezcan una hegemonía sobre los débiles, en la que las posiciones privadas de poder se convierten en una disminución excesiva de la libertad real de los débiles, subyugamiento que alienta perennemente una crisis social. (Cabrera Romero)

La actividad económica está limitada por la Constitución por razones de desarrollo humano, protección del ambiente u otros de interés social, por lo que debe encuadrarse dentro del Estado Social, así ésta no emerja del Estado (con más razón si es él quien la dinamiza de alguna manera). Nadie niega que el Estado debe promover la riqueza, así como la protección de bienes y servicios que satisfagan las necesidades de la población, la libertad de trabajo, de empresa, de comercio e industria, pero siempre con la meta de garantizar la creación y justa distribución de la riqueza (artículo 112 constitucional). Por lo tanto, es el bien común sin desigualdades, discriminaciones ni abusos, el objetivo del Estado Social de Derecho y, tanto en las leyes como en la interpretación constitucional, deberán propender a él.

La interpretación constitucional de este modelo económico no prohíbe el lucro, la ganancia o la libertad de negociar. Sólo establece que la creación de riqueza y su justa distribución no pueden partir de una ilimitada y desorbitada explotación de los demás y menos en áreas que por mandato constitucional pertenecen al Estado o donde éste otorga a particulares concesiones y los autoriza para que exploten dichas áreas o actúen en ellas.

*¿Qué está pasando?*

Advertimos que este _"giro estratégico neoliberal"_ en la política económica impuesto a trocha y mocha, sacrificando el proyecto histórico, significa un socavamiento del modelo constitucional que nos dimos los venezolanos en acto constituyente, modelo que no niega a los particulares crear riqueza propia, pero esta creación no puede ser en detrimento y desmedido perjuicio de los otros.

*Nos preguntamos*

¿A quién se le consultó el giro en la política económica revelado hace días por un vocero del PSUV, refrendado y previsto en el 299 constitucional?

¿Cumplió esta decisión de "inaplicar la Constitución por vía de hecho con la aprobación del poder constituyente originario?

¿Quién los autorizó a abandonar la concepción de Estado Social de Derecho y de justicia para favorecer a una elite económica?

¿Con qué legitimidad se abandona la defensa de los intereses económicos de las clases o grupos que la ley considera vulnerables?

¿Cómo es que se cambian los fines del Estado previstos en la Constitución para reducirnos a un Estado artefacto, pendiente se la seguridad personal, seguridad jurídica para empresarios e intervención mínima en asuntos económicos?

¿A quién le vamos a dejar las garantías de los derechos como la educación (deber social fundamental 102 constitucional), la salud (derecho social fundamental según el artículo 83 constitucional) o la protección del trabajo, la seguridad social y el derecho a la vivienda (artículos 82, 86 y 87 constitucionales) Salarios dignos y justos suficientes para una vida digna (91 constitucional)?

¿A los nuevos socios de la burguesía revolucionaria y a su camarilla de la élite?

¿Qué hacemos con los desequilibrios del mercado?

¿Se lo dejamos a la autorregulación?

¿Quién evitará los desequilibrios que atente contra el orden público, la dignidad humana y la justicia social?

Frente a la ignominia y del nuevo pacto del reparto de los neoliberales trasnochados…

*¡Nos toca luchar y triunfar!*



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María Alejandra Díaz

Abogada constitucionalista y representante del Estado ante la Comisión y la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Vicepresidente de la Comisión de Justicia y Tutela Efectiva de la Asamblea Nacional Constituyente de Venezuela (2017).

 @MariaesPueblo

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