Resolución 058

Y el Orientador que necesitamos. Al Orientador en su día

   En  la actual  dinámica geopolítica en la cual vivimos los venezolanos,  hay  algo que es innegable, se trata del emprendimiento y el empoderamiento que se observa en los  grupos organizados llamados colectivos. El significado de colectivo, nos hace referencia a  quienes pertenecen a un grupo y es compartido por cada uno de sus miembros;  es decir, pertenecer - a - y compartir –con-. A estos grupos los caracteriza el interés común y el compartir los mismos propósitos, por  los que trabajan y se sienten motivados a obtener logros en colectivo.

   La escuela, como institución legal, está vinculada al aprendizaje colectivo; en los colectivos de educación, las sugerencias de solución a los problemas o conflictos, se proponen en un debate, para luego llegar a consensos, siempre sustentados en los Principios y Valores rectores de la educación, tal como se anuncia en la Ley Orgánica de  Educación (1999)

Artículo 3. La presente Ley establece como  principios de la educación, la democracia participativa y protagónica, la responsabilidad social, la igualdad entre todos los ciudadanos y ciudadanas sin discriminaciones de ninguna índole, la formación para la independencia, la libertad y la emancipación, la valoración y defensa de la soberanía, la formación en una cultura para la paz, la justicia social, el respeto a los derechos humanos, la práctica de la equidad y la inclusión; la sustentabilidad del desarrollo, el derecho a la igualdad de género, el fortalecimiento de la identidad nacional, la lealtad a la patria e integración latinoamericana y caribeña.

     Para garantizar el cumplimiento de este artículo y de la Constitución en  toda su amplitud, surge la necesidad de sustituir el marco normativo 751, vigente hasta octubre 2012, donde la asamblea de padres y representantes representaban  la  autoridad en la Comunidad Educativa. Hoy la  realidad  es otra, la Resolución 058, emitida por el Ministerio del Poder Popular para la Educación, tiene como propósito democratizar la gestión escolar, con base en el modelo sociopolítico de la democracia participativa y protagónica establecida en nuestra Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999). 

    Significa que todos los actores que convergen en el proceso educativo, son claves y a la vez corresponsales del mismo, participan activamente en la dinámica de la Comunidad Educativa, mediante la organización de colectivos de estudiantes, docentes, padres, madres y representantes, obreros, personal administrativos, directivos, consejos comunales y cualquier otro grupo organizado que  haga vida en la  comunidad que rodea  la institución educativa.

    El Artículo 3, de la  Resolución 058, define lo que se entiende como Consejo Educativo:

El Consejo Educativo es la instancia ejecutiva, de carácter social, democrático, responsable y corresponsable de la gestión de las políticas públicas educativas en articulación inter e intrainstitucional y con otras organizaciones sociales en las instituciones educativas. Ella es concebida como el conjunto de colectivos sociales vinculados con los centros educativos en el marco constitucional y en las competencias del Estado Docente. Sus integrantes actuarán en el proceso educativo de acuerdo con lo establecido en las leyes que rigen el Sistema Educativo Venezolano, fundamentada en la doctrina de nuestro Libertador Simón Bolívar.

    La organización propuesta en la  Resolución 058 está sustentada y así lo ratifica la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ)1 cuando observó que la organización de los Consejos Educativos a través de las diferentes funciones asignadas a cada Comité, conformado por los miembros de la comunidad educativa, tiene su fundamento en el artículo 20 de la Ley Orgánica de Educación y en los literales a) y g) del numeral 2; literal e) del numeral 3; literales a) y b) del numeral 4 todos del artículo 6 y artículo 21 de la referida Ley, en los cuales se previó la necesidad de que los integrantes de la comunidad educativa se organizaran ulteriormente a la entrada en vigencia del citado instrumento jurídico, para desarrollar los mecanismos y procedimientos que le permitiese ejercer a los integrantes de dicha comunidad la contraloría social y otros derechos y deberes inherentes a la gestión educativa, relativos a la promoción de la salud, el respeto por la vida, el desarrollo endógeno, el quehacer comunitario, la defensa de un ambiente sano, seguro y ecológicamente equilibrado, las innovaciones pedagógicas, la convivencia y el respeto a los derechos humanos, entre otras.

    Cada colectivo tiene su vocería en el Consejo Educativo, lo que le permite participar directamente en la gestión escolar, en la  satisfacción de las necesidades  y en la resolución de los conflictos que se presentan en el ejercicio pleno de la democracia participativa; no obstante, los colectivos deben tener la comprensión amplia de que para funcionar con calidad y  eficiencia deben desear y estar organizados.

     El Artículo 4 de la misma resolución, explica sobre su  Conformación:

El Consejo Educativo está conformado por padres, madres, representantes, responsables, estudiantes, docentes, trabajadoras y trabajadores administrativos, obreros y obreras de las instituciones educativas, desde la educación inicial hasta la educación media general y media técnica y todas las modalidades del subsistema de educación básica. También podrán formar parte de la comunidad educativa las personas naturales y jurídicas, voceros y voceras de las diferentes organizaciones comunitarias vinculadas con las instituciones educativas.

    Esta línea de pensamiento, nos evoca al sociólogo francés Émile Durkheim quien se ocupó de describir cómo una sociedad puede llegar a compartir valores comunes, lo que denominó consciencia colectiva. Citado por Nocera,  20112  Durkheim se preocupa por subrayar que las fuerzas colectivas son las que imprimen al sujeto esa dimensión supraindividual, moral, que lo distingue de su simple constitución natural;  la sociedad sólo es factible gracias al acuerdo, que permite a las conciencias salir de sí mismas y entrar en contacto con las demás. La dimensión impersonal de los conceptos es la que habilita la comunicación entre los individuos y por tanto la acción común.

     En la Venezuela de hoy, todo ciudadano debe estar claro acerca de los nuevos objetivos que definen la política educativa y la acción  común conducente a consolidarla; en esa idea, estudiar y profundizar desde  los colectivos, las estrategias que garanticen su calidad y eficiencia. El Orientador, como docente con competencias en procesos  de desarrollo humano, está muy comprometido en todo este proceso, dada la función de articulador que le es asociado desempeñar.

    Conformar el Consejo Educativo, posiblemente en algunos casos, no sea tarea fácil, no estamos acostumbrados como sociedad a que el personal administrativo y obrero participen en la organización y toma de decisiones en las Instituciones escolares y mucho menos, colectivos organizados que hacen vida en la comunidad, por ejemplo los Consejos Comunales; por otro lado, los estudiantes tampoco estaban acostumbrados a participar como hoy es solicitado en la Resolución 058, hemos escuchado expresiones como: “ ¿los niños de Inicial? ¡Ellos no saben de esas cosas!” y nos preguntamos  ¿Quién dice que no? A ver: en algún momento podemos escuchar a la maestra indagar entre sus niños ¿cómo podemos arreglar la tubería de agua?, ya que se está derramando y tenemos que hacer algo, el agua no se puede perder de esa manera, otras personas, animales y plantas la necesitan. Casi seguro, tendremos el placer de escuchar un significativo número de soluciones, que pueden invitar a: Mi papá sabe arreglar eso maestra o compremos otro tubo maestra. Al momento de elegir a sus voceros, enseguida escucharemos: YO maestra; situación que estoy segura costará más entre los padres, representante o responsables.      

     Lo anterior, nos indica que en el marco del Plan de Desarrollo de la Nación 20013-2019 y de los 5 grandes objetivos históricos, podemos apreciar la magnitud de los cambios educativos que están en curso, de allí la comprensión del papel que los docentes tenemos y hoy destaco la de los Orientadores por estar celebrando su día y por considerar que por su formación puede ayudar en esa dinámica relacional en la cual tendremos que sumergirnos, no nos queda otra.

    Para superar las dificultades en el diario convivir, en un ambiente de bienestar, paz y armonía, tenemos que organizarnos, participar y trabajar por mejorar y crear las condiciones más favorables para lograr, todos, la Escuela que queremos, la Educación que queremos, los Padres que queremos y los Servidores  Públicos que queremos, llámese maestro, obrero, empleado. Todo proceso nuevo, necesita de acompañamiento, por lo menos en sus primeros pasos, allí estaremos los Orientadores y todos los Servidores Públicos que necesite el proceso de conformación y seguimiento de los Consejos Educativos para su consolidación.

    Con la debida aplicación de la Resolución 058 podremos lograr una organización que nos permitirá a todos funcionar de manera más productiva y con calidad, ya el Director de la Institución no tendrá todo el peso de las responsabilidades, seremos Comunidades Educativas más eficientes,  como nos lo exige el momento histórico que estamos viviendo. Mahbub, citado por Amartya Sen3, aseguraba que podríamos enriquecer mucho más la vida humana yendo directamente a los factores determinantes que influencian la calidad de nuestras vidas.

    Expresa  Amartya Sen, el desarrollo humano, como enfoque, gira alrededor de lo que considero la idea fundamental del desarrollo, a saber: la promoción de la riqueza de la vida humana entera, antes que la de la economía en la que los seres humanos viven, que es sólo una parte de aquella. Este es, creo, el eje central del enfoque del desarrollo humano. Fue introducido por Mahbub ul-Haq, y el primer informe apareció en 1990.

     Acompañemos y dejémonos acompañar en el desarrollo  de esas capacidades que todos podemos desarrollar, para la  convivencia y el buen vivir en paz, logrando como dice Sen, funcionamientos valiosos como parte de la vida. ¡Que  sea así!

Las inversiones en educación y otros aspectos de las oportunidades existentes durante la niñez pueden mejorar las capacidades futuras en formas muy distintas. Primero, pueden hacer directamente que las vidas de los adultos sean más ricas y menos problemáticas ya que una niñez segura en la etapa preparatoria puede aumentar nuestra habilidad para vivir una buena vida. Existe abundante evidencia psicológica-social que sugiere esto.  Segundo, además de ese “efecto directo” en la capacidad para vivir una buena vida, la preparación y la confianza durante la niñez también contribuyen a la habilidad de los seres humanos para ganarse la vida y ser económicamente productivos. .. Amartya Sen4

1 Sala Político Administrativa del TSJ. Improcedente medida cautelar contra la Resolución N° 058 emanada del Ministerio del Poder Popular para la Educación (16-05-2013)

2 Nocera, P. (2011) Émile Durkheim y Gabriel Tarde en los orígenes de la sociología francesa. Entramados y perspectivas. Revista de la carrera de sociología. Vol. 1, Nº 01. Disponible en:

http://revistadesociologia.sociales.uba.ar/index.php/revistadesociologia/article/view/38/22

3 Sen, Amartya (2006) Desarrollo como libertad. Entrevista. Cuadernos del Cendes. Versión impresa.CDC v.23 n.63 Caracas 

4 Sen, Amartya (s/f) Invertir en la Infancia: su papel en el desarrollo. eumed.net. Disponible en: file:///D:/Documents/Amartya%20K.%20Sen-INVERTIR%20EN%20LA%20INFANCIA%20%20SU%20PAPEL%20EN%20EL%20DESARROLLO.htm

 

(*) Orientadora

Ruthcueto7@gmail.com

 



Esta nota ha sido leída aproximadamente 3304 veces.



Ruth Cueto


Visite el perfil de Ruth Cueto para ver el listado de todos sus artículos en Aporrea.


Noticias Recientes: