Parlamento activo

Las masas populares prenden al Perú. Las gaitas, que hallacas carajo

La movilización de las masas populares peruanas en sus justas reclamaciones por la manera y forma como destituyeron y apresaron al legitimo presidente, Pedro Castillo prendieron a Perú. Se venía venir las consecuencias que provocaron las elites políticas de esa sufrida nación hermana

Inconcebible las jugadas en la ficha del corrompido poder legislativo y el judicial. Ambos poderes echaron gala de su poder para desviarlo, tergiversarlo, aplicarlo, materializarlo en contra natura de quien los eligió, violentaron de manera grosera, flagrante, publico, notorio los valores y principios constitucionales, veremos

El ciudadano peruano, posee el derecho genuino de: Participar, en forma individual o asociada, en la vida política, económica, social y cultural de la Nación. Los ciudadanos tienen, conforme a ley, los derechos de elección, de remoción o revocación de autoridades, de iniciativa legislativa y de referéndum, (Sic)

Los ciudadanos tienen derecho a participar en los asuntos públicos mediante referéndum; iniciativa legislativa; remoción o revocación de autoridades y demanda de rendición de cuentas. Tienen también el derecho de ser elegidos y de elegir libremente a sus representantes, de acuerdo con las condiciones y procedimientos determinados por ley orgánica.

Es derecho y deber de los vecinos participar en el gobierno municipal de su jurisdicción. La ley norma y promueve los mecanismos directos e indirectos de su participación. La ley establece los mecanismos para garantizar la neutralidad estatal durante los procesos electorales y de participación ciudadana.

Los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional tienen derecho al voto y a la participación ciudadana, regulados por ley. Las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local.

Son garantías constitucionales: la Acción de Amparo, que procede contra el hecho u omisión, por parte de cualquier autoridad, funcionario o persona, que vulnera o amenaza los demás derechos reconocidos por la Constitución, con excepción de los señalados en el inciso siguiente; y la Acción de Hábeas Data, que procede contra el hecho u omisión, por parte de cualquier autoridad, funcionario o persona, que vulnera o amenaza los derechos a que se refiere el artículo 2, incisos 5 y 6 de la Constitución; entra otras. Lean esta disposición constitucional peruana

Articulo 46.- Gobierno usurpador. Derecho de insurgencia. Nadie debe obediencia a un gobierno usurpador, ni a quienes asumen funciones públicas en violación de la Constitución y de las leyes. La población civil tiene el derecho de insurgencia en defensa del orden constitucional. Son nulos los actos de quienes usurpan funciones públicas.

Ahora bien, la situación jurídica-política estriba que los dos poderes, legislativo y judicial no van aplicar esta disposición, lo que equivales a una desobediencia contra el orden constitucional. No en esta situación, sino, antes, al presidente, Pedro Castillo le desobedecieron, no lo dejaron ni asomarse al palco, recuerdan que le prohibieron salir en representación del país que lo eligió.

No hay otro camino, sino, ese que sectores de izquierda, admitiendo que es imposible que los bichos llamados congresistas se iban a colgar la horca, esta imposible que hubiese auto golpe del congreso. La decisión hay que ejecutarla un Referéndum apegado a la constitución

Se perderán vidas inocentes, recursos, bienes, lesionados, el libre comercio, transito. Todo por responsabilidad única de los dos poderes. La balas, municiones, bayonetas y fusiles en contra del pueblo humilde que tiene toda la razón y el derecho que le asiste. La iglesia fascista no se ha pronunciado, los medios de comunicación sabemos para donde viran sus intereses, los esbirros de la ONU, OEA, muy bien no ha pasado nada.

La situación de luto, que el gobierno nacional nos deparo, también tejió a la tradicional gaita. Toda esta tradición adjunto a las hayacas, aguinaldos, tarjetas, pesebre, regalos, fiestas, las frías, el pernil, todo, todo despareció, los culpables, imputados el gobierno nacional. Los centros nocturnos de presentación de la gaita ya no pueden contratar el furro y la charrasca

Es escuálida la producción de este género musical. Ni en los estados vergatarios, como Zulia, Falcón y Lara escuchamos el sonar y pimienta de nuestra gaita. La gaita se adiciona a navidad, hayacas, la rumba, el recuerdo, la reunión de fin de año de los amigos, las parrandas, el brindis, familiares y panas, también la perdimos en este fenecido 2022

Carajo con qué recursos una familia humilde, proletariada en nuestro país va hacer hayacas. Sueldo mínimo de tres integrantes, dos jubilados, un pensionado, cuatro hijos = 780, dividimos entre seis, sale la vaca a 130 Bolívares cada uno, un mes de sueldo. No nos resta más nada para las otras cosas, entre el pollo, la gallina y la carne se nos va el presupuesto, concluimos que no podemos hacer la multisapidas hayacas, carajo, menos estrenar

Adicionen ustedes, comeremos pan de jamón, pernil, tomaremos la cervecita, el escoses, viajares a visitar nuestra familia que vive en otro Estado, así, sea vecino, N000000000000

Así, las cosas que carajo de navidad. Las avenidas y calles transversales del centro de nuestro Barquisimeto full de personas. Pero los almacenes y negocios vacíos al igual entidades bancarias. Precios muy altos, las pintas con dificultades para el estreno mi compa

Un aditivo adicional, el voraz dólar que nuestro gobierno dio rueda libre para que nos golpee la economía y los bolsillos, la inflación e hiperinflación indetenible, su hermana especulación y acaparamiento atentan contra la celebración decembrina

Ya faltan 10 días para despedir el año 2022, oír, recordar y bailar nuestra música de Billo, las gaitas. Amigos no perdamos estas bellas costumbres, indiferentemente que se nos hayan marchado seres queridos

Se nos terminó el espacio, por ahora. Nos leeremos en la venidera, Dios nos ayudará. Comunicadores somos todos, pero no todos somos comunicadores sociales, con la verdad no temo ni ofendo.



Esta nota ha sido leída aproximadamente 1399 veces.



Willians Escalona Terán

Willians Escalona Terán ("El abogado del deporte") CEDV-1083- CNP 12.592, PNI 10.782, Locutor UCV.31.464-Ipsa.54.795. Facebook Willians Escalona Terán [email protected] Barquisimeto.

 [email protected]      @willians24

Visite el perfil de Willians Escalona Terán para ver el listado de todos sus artículos en Aporrea.


Noticias Recientes: